La cláusula suelo se ha convertido nuevamente en objeto de debate esta última semana tras conocerse una nueva declaración de la Comisión Europea al respecto. Este tipo de cláusula ha sido un problema para muchas familias, que en su día no pudieron beneficiarse de las bajadas de valor del Euribor, habitual tipo de referencia en las hipotecas a interés variable, según la cual se establece un tipo mínimo a pagar aunque el tipo al que va referenciado el préstamo esté por debajo. Si bien algunas entidades bancarias han aceptado negociar extrajudicialmente la eliminación del suelo del contrato hipotecaria, cada caso está siguiendo su particular vía.
Pasados más de dos años desde la sentencia del Tribunal Supremo que obligaba a las entidades bancarias a dejar de aplicar las cláusulas suelo desde Mayo de 2013, la Comisión Europea, en un documento remitido al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, solicita que la banca reintegre la totalidad de lo cobrado por aquellas cláusulas suelo que sean declaradas nulas mediante sentencia, es decir, que se obligue a devolver las cláusulas suelo con efecto retroactivo.
Cabe resaltar que este documento es un informe no vinculante realizado por la Comisión Europea, máxima garante de los tratados europeos, en relación a un caso individual que deberá resolver en los próximos meses el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Ahora bien, la resolución de este como otros procedimientos, es la punta del iceberg en base al cual lo que aquí se decida puede desencadenar un efecto dominó en tantas otras reclamaciones.
Las entidades bancarias se han avanzado a desmentir que puedan verse afectadas por una resolución europea en este sentido, argumentando que, como ejemplo las declaraciones del Consejero Delegado de BBVA Carlos Torres en la presentación de resultados esta pasada semana, “la cosa juzgada ya no se puede revisar otra vez ”.
Esperemos que a principios de año el Tribunal de Luxemburgo determine acerca de esta cuestión para ver el alcance que una eventual medida retroactiva podría tener sobre los particulares y las entidades.
Marta Serra (socia y abogada Salvatella Advocats Associats SCP)